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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué plazo tengo para reclamar? ir
¿Debe ser mi compañía de seguros la que defienda mis derechos? ir
¿El pasajero tiene derecho a indemnización?ir
¿Me atropellaron, qué derechos tengo?ir

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¿Qué plazo tengo para reclamar?

Tiene un plazo de 6 MESES para interponer la correspondiente denuncia penal ante la Policía o el Juzgado donde ocurrió el accidente (es mas conveniente esta última opción). Generalmente el procedimiento penal es el mas rápido y efectivo para obtener la indemnización oportuna. Si no se decide por la vía penal, o el asunto se ha archivado, Ud. dispondrá de un plazo de 1 AÑO para interponer la oportuna demanda ante la jurisdicción civil y en reclamación de los daños y perjuicios sufridos. Si deja transcurrir dichos plazos ya no podrá reclamar nada por ese accidente. No obstante si después de ser indemnizado/a por un accidente aparecieran nuevas secuelas relacionadas directamente con el mismo siniestro, dispondrá de un nuevo plazo de 1 año para reclamar por esas nuevas secuelas.

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¿Debe ser mi compañía de seguros la que defienda mis derechos?

No tiene porqué y en muchos casos es totalmente contraproducente por los intereses y convenios que pudieran existir entre las compañías de seguros implicadas. Es mas aconsejable que ponga su caso en manos de un abogado especializado e independiente de las compañías. Casi todas las pólizas de seguro de vehículos incluyen la cobertura de defensa jurídica y en ellas existe la cláusula de libre designa de abogado, en cuyo caso su compañía de seguros deberá hacerse cargo de los gastos del abogado que Ud. contrate, casi todas las pólizas lo tienen. No tiene obligación de utilizar los servicios jurídicos de su compañía.

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¿El pasajero tiene derecho a indemnización?

Si usted iba de PASAJERO en un coche o moto y tuvo un accidente, SIEMPRE tiene usted derecho a una indemnización.

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¿Me atropellaron, qué derechos tengo?

Si usted es atropellado por un vehículo, casi siempre tiene derecho a recibir una indemnización por los días de baja médica y por las posibles secuelas que se le queden conforme a la ley, a ser indemnizado por la compañía de seguros responsable, y si no tuviere seguro el vehículo culpable, o, no se pudo identificar, por que se fue a la fuga, le indemnizará el Consorcio de Compensación de Seguros.

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